Cuidado con la suplantación de identidad

Inspección de Trabajo Álava advierte a agricultores de los riesgos en contrataciones de personas que suplantan identidad

  • Se han enviado 1.719 cartas a agricultores y viticultores alaveses para recordar que se debe comprobar los rasgos fisonómicos del trabajador

La Inspección Provincial de Trabajo de Álava ha iniciado una campaña informativa, dirigida a todos los empleadores agrícolas de Álava, agricultores y bodegas, de los riesgos jurídicos que asumen en las contrataciones de personas que suplantan la identidad.

En un comunicado, la subdelegación del Gobierno en Álava ha informado de que esta campaña informativa de la Inspección de Trabajo en Álava cuenta con el apoyo del sindicato de agricultores UAGA, y se lleva a cabo "como consecuencia de las numerosas suplantaciones de identidad entre trabajadores extranjeros, que se han detectado en las diversas campañas agrícolas en Álava" de la vendimia, patata o remolacha.

En concreto, ha enviado a 1.719 cartas a agricultores y viticultores alaveses para que sean conscientes de los riesgos de no efectuar una "mínima comprobación visual" de los rasgos fisonómicos de la persona que pretenden contratar, comparando con los rasgos de la fotografía que figure en su correspondiente autorización administrativa para trabajar en España.

En la carta se advierte que los extranjeros mayores de dieciséis años "precisarán, para ejercer cualquier actividad lucrativa, laboral o profesional, de la correspondiente autorización administrativa previa para residir y trabajar".

Asimismo, recuerda que el incumplimiento de esta exigencia puede dar lugar a la comisión de la infracción muy grave tipificada y las sanciones que están previstas ante este tipo oscilan entre 10.001 y los 100.000 euros.

La Inspección de Trabajo advierte a los agricultores que emplean mano de obra extranjera que "en el momento de contratar trabajadores extranjeros extracomunitarios, debe comprobar la validez y exactitud de las autorizaciones para trabajar en España".

A tal efecto, el empleador debe examinar el período de validez del documento de autorización para trabajar en España, y así cerciorarse de que se encuentra vigente en el momento de la contratación.

Además, debe efectuar una mínima comprobación visual, cotejando si la persona que pretende contratar es la misma que aparece en el documento de autorización para trabajar en España que exhiba. Al menos, debe comparar la fotografía con la persona que tenga delante, y, si no existe una correspondencia esencial entre sus rasgos fisonómicos, debe declinar la contratación, ante el riesgo de una identidad suplantada.

En la carta se advierte que el hecho de que el trabajador exhiba una autorización falsificada, o bien, siendo válida, figure expedida a nombre de otra persona, no exime de las responsabilidades administrativas previstas.

Además, añade que "sin un previo examen visual, que descarte el empleo de personas claramente distintas de las que figuran en los respectivos documentos de autorización para trabajar en España, los empleadores no salvarán su responsabilidad, en materia de extranjería, aunque hayan cursado las altas en Seguridad Social".

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